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El Gobierno reformó el régimen aduanero postal: exportaciones sin límite de valor y franquicia de importación unificada en US$400. Todos los detalles de la medida que impacta en el comercio exterior.
El Gobierno nacional oficializó este viernes una profunda reforma en el régimen aduanero postal mediante el Decreto 604/2026, eliminando límites de valor para exportaciones comerciales y unificando la franquicia de importación en US$400 por envío para todo el país.
La medida, que ya se encuentra vigente tras su publicación en el Boletín Oficial, permite que productores y comerciantes argentinos realicen exportaciones por vía postal sin restricciones de valor. Hasta la fecha, la falta de una reglamentación específica impedía el acceso a los tratamientos simplificados de la Unión Postal Universal, un bloque del que Argentina es miembro desde 1887.
Según el texto oficial, el objetivo central es “brindar a los productores y comerciantes argentinos nuevas posibilidades para insertarse en el mercado internacional”, eliminando barreras burocráticas históricas.
Unificación de franquicias y fin de asimetrías
En cuanto a las importaciones sin finalidad comercial, el decreto elimina la histórica asimetría entre el operador postal oficial y los couriers privados. A partir de ahora, se establece una franquicia única de US$400 por envío, con un tope de cinco operaciones anuales por persona, quedando exentas de derechos de importación y tasa de estadística.
Esta modificación deroga la tasa del 50% que anteriormente se aplicaba sobre el valor de la mercadería cuando ingresaba a través del correo oficial, simplificando el proceso para los consumidores.
Simplificación de trámites aduaneros
El nuevo marco normativo introduce una mejora procedimental clave: el operador postal actuará automáticamente como representante del destinatario en el despacho aduanero, salvo que el ciudadano manifieste lo contrario antes del arribo del paquete al país.
Asimismo, se regularon las exportaciones de ayuda familiar u obsequios personales, las cuales estarán exentas de tributos siempre que el valor acumulado mensual por remitente no supere los US$5.000. Con estas medidas, el Ejecutivo busca reducir la incertidumbre del consumidor al establecer “ex ante” el régimen tributario aplicable a cada transacción.
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Crédito de la fuente original: www.diariocronica.com.ar
