03/02/2026

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calendario de pagos, cuánto cobrar y quiénes pueden reclamar

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) avanza en la recta final del calendario de pagos de enero de 2026 con acreditaciones clave para distintos grupos de beneficiarios. Entre el lunes 26 y el viernes 30 se concentran los últimos pagos del mes, ya con los haberes actualizados por la movilidad mensual.

Durante estos días se completa el cronograma de jubilaciones y pensiones que superan el haber mínimo, un segmento que no percibe el bono extraordinario y cobra exclusivamente según la terminación del DNI. En paralelo, continúan pagos específicos de otras prestaciones que siguen calendarios propios.

La última semana del mes suele concentrar consultas vinculadas a diferencias en los montos, demoras bancarias o acreditaciones que no se reflejan en la fecha prevista. Por ese motivo, además de los cobros, este tramo resulta clave para verificar liquidaciones y, si corresponde, iniciar reclamos.

ANSeS del 26 al 30 de enero: calendario de pagos, cuánto cobrar y quiénes pueden reclamar

Los pagos de esta semana ya incluyen el aumento del 2,47% aplicado por movilidad mensual. En enero de 2026, la jubilación mínima quedó fijada en $349.299,32, aunque quienes cobran entre el 26 y el 30 perciben montos superiores a ese valor.

En estos casos, no corresponde el bono de $70.000, que está destinado únicamente a jubilaciones mínimas, PUAM y pensiones no contributivas. Los haberes se liquidan sin refuerzos adicionales.

La jubilación máxima vigente en enero asciende a $2.350.453,70, cifra que se acredita íntegra según la terminación del DNI.

En paralelo, continúan vigentes los valores actualizados de otras prestaciones. La Asignación Universal por Hijo (AUH) es de $125.518 por hijo, con un pago mensual directo de $100.414,40 tras la retención del 20%. La AUH por discapacidad se ubica en $408.705.

Si el pago no se acredita en la fecha correspondiente, el primer paso es ingresar a Mi ANSES con CUIL y Clave de la Seguridad Social para verificar la liquidación.

Cuando el haber figura como liquidado pero no impacta en la cuenta bancaria, el reclamo debe realizarse ante la entidad financiera. En cambio, si no aparece la liquidación o hay una suspensión sin notificación previa, la gestión corresponde a ANSeS.

También pueden iniciar reclamos quienes detecten errores en el monto, descuentos indebidos o falta de actualización por movilidad. Además, las gestiones pueden realizarse de manera online o presencial, con turno previo, según el tipo de inconveniente.

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Crédito de la fuente original: www.clarin.com

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