04/02/2026

Gobierno busca anular ley de Emergencia en Discapacidad mediante acciones judiciales.

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El gobierno nacional está en una disputa por la ley de emergencia en discapacidad. Quieren anularla, pero se han encontrado con obstáculos en el camino. Una de las estrategias fue a través del presupuesto nacional, pero la Cámara de Diputados revocó la parte que buscaba evitar su aplicación. También han recurrido a la vía judicial, pero un juez ha ordenado su inmediata aplicación.

Esta ley es importante porque busca garantizar los derechos de las personas con discapacidad, asegurando su acceso a la salud, educación y rehabilitación. El gobierno argumenta que no cuenta con los fondos necesarios para implementarla, pero el juez considera que es prioritario cumplir con estas obligaciones.

La situación sigue en disputa y ahora la Cámara Federal de San Martín deberá resolver el caso. Mientras tanto, las familias y organizaciones que defienden los derechos de las personas con discapacidad están atentas a esta batalla legal que podría tener un impacto significativo en sus vidas.

En síntesis:
El gobierno nacional intenta anular la ley de emergencia en discapacidad, pero se ha encontrado con obstáculos en el camino. Una de las estrategias fue a través del presupuesto nacional, pero la Cámara de Diputados revocó la parte que buscaba evitar su aplicación. También han recurrido a la vía judicial, pero un juez ha ordenado su inmediata aplicación, generando un conflicto legal en curso.

Preguntas frecuentes:
– ¿Por qué el gobierno quiere anular la ley de emergencia en discapacidad?
El gobierno argumenta que no cuenta con los fondos necesarios para implementarla.
– ¿Qué busca garantizar esta ley?
La ley de emergencia en discapacidad busca asegurar el acceso a la salud, educación y rehabilitación de las personas con discapacidad.
– ¿Qué ha ordenado el juez en relación a esta ley?
El juez ha ordenado la inmediata aplicación de la ley, considerando prioritario cumplir con las obligaciones hacia las personas con discapacidad.
Crédito de la fuente original: www.clarin.com

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