28/03/2026

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La Justicia frena dos artículos de la reforma laboral ante un pedido del sindicato de Comercio

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El Juzgado Federal N° 2 de San Martín dictó una medida cautelar por seis meses. La resolución frena dos artículos de la reforma laboral y garantiza la vigencia de los convenios colectivos y protege los beneficios de los empleados mercantiles.

En un nuevo capítulo de la batalla judicial por los cambios en la normativa laboral, el Juzgado Federal N° 2 de San Martín dictó una medida cautelar que suspende la aplicación de dos puntos centrales de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802.

La resolución judicial alcanza específicamente a los artículos 131 y 133, frenando su implementación en el sector de los empleados de Comercio. Quedan frenados, en principio, por seis meses.

La noticia fue confirmada por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), la entidad gremial que impulsó la presentación judicial. Según detallaron desde el sindicato, el fallo tiene una vigencia inicial de seis meses y representa un alivio para la estructura de convenios que rige la actividad.

El eje central del fallo radica en la ratificación de los convenios colectivos de trabajo suscriptos por la entidad. Con esta resolución, la Justicia garantiza la validez del CCT 130/75 y de todos sus acuerdos derivados, los cuales regulan la actividad de millones de trabajadores en todo el país.

Desde FAECYS destacaron que la medida cautelar es fundamental para “proteger las condiciones laborales y los beneficios” de los trabajadores del sector, que se veían amenazados por la aplicación de los artículos ahora suspendidos.

La suspensión de los artículos 131 y 133 marca un antecedente relevante en la implementación de la Ley 27.802. Si bien la reforma busca flexibilizar y actualizar ciertos parámetros del mercado de trabajo, la Justicia ha decidido dar prioridad, al menos transitoriamente, a la estabilidad de los acuerdos preexistentes entre el gremio y las cámaras empresariales.

El impacto de la resolución se concentra en el gremio mercantil, sin alcanzar por el momento a otras ramas sindicales.

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Crédito de la fuente original: www.clarin.com

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