13/07/2026

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Condenaron a miembros de la primera banda de la Mafia de los Contenedores

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El Tribunal Oral en lo Penal Económico 3 (TOP 3) impuso penas de hasta siete años de prisión por un contrabando que provocó un perjuicio fiscal estimado en 18 millones de dólares.

Diez años después de que la Aduana descubriera una sofisticada maniobra para ingresar ropa y telas chinas al país simulando importar carbonato de calcio, la Justicia dictó este lunes las primeras condenas en una de las causas emblemáticas de la denominada “Mafia de los Contenedores”, una investigación considerada testigo porque de ella se desprenden otros expedientes que todavía siguen demorados en los tribunales en lo Penal Económico.

El Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 3, integrado por los jueces Alejandro Zabala, Karina Perilli y Fernando Machado Pelloni, condenó a empresarios, despachantes de aduana, operadores logísticos y dos sociedades comerciales por integrar una organización dedicada al contrabando agravado mediante un sistema de documentación falsa que durante casi seis meses permitió importar mercadería textil pagando impuestos irrisorios.

Las penas más altas fueron de siete años de prisión para Walter Moglianesi, Miguel Ángel Elnen y José María Zaragoza, considerados coautores del contrabando agravado. También recibieron seis años de prisión Jorge Carlos Fano —titular de la empresa TT Cargo— y Eduardo Urraco, mientras que otros integrantes de la organización fueron condenados a penas de entre cuatro y cinco años y diez meses. Dos mujeres vinculadas a la operatoria recibieron tres años de prisión en suspenso como partícipes secundarias.

El tribunal además dispuso una de las sanciones más severas previstas para personas jurídicas: ordenó el retiro de la personería jurídica y la cancelación de la inscripción registral de las empresas TT Cargo S.A. y Cuiper S.A., utilizadas para ejecutar la maniobra investigada.

La investigación había comenzado durante la gestión del militar retirado Juan José Gómez Centurión al frente de la Dirección General de Aduanas y luego fue impulsada por el juez Marcelo Aguinsky, la fiscal Gabriela Ruiz Morales y la PROCELAC.

Para el fiscal general ante el juicio oral Gabriel Pérez Barberá, quien hace dos semanas había pedido condenas de entre seis y ocho años y medio de prisión, la prueba permitió acreditar la existencia de una “organización coordinada”, con funciones perfectamente distribuidas y un doble circuito documental diseñado para engañar a la Aduana.

Según la acusación, la maniobra se desarrolló entre agosto de 2015 y enero de 2016 y comprendió treinta y un hechos consumados y un intento frustrado cuando uno de los contenedores fue detectado en el puerto de Buenos Aires.

El mecanismo comenzaba en China. Allí los documentos marítimos originales —los denominados Master Bill of Lading— consignaban correctamente que los contenedores transportaban rollos de tela y prendas de vestir. Sin embargo, antes de nacionalizar la carga en la Argentina se confeccionaba un segundo circuito documental mediante los House Bill of Lading y las declaraciones aduaneras, donde la mercadería aparecía transformada en carbonato de calcio.

La diferencia tributaria era abismal. Mientras un embarque textil debía tributar cientos de miles de dólares entre derechos e impuestos, el carbonato de calcio apenas generaba unos pocos miles de dólares de carga fiscal. Según la fiscalía, en menos de seis meses la organización ocasionó un perjuicio para el Estado superior a los 18 millones de dólares.

El fallo rechazó además todos los planteos de las defensas. Los jueces descartaron las nulidades sobre allanamientos, secuestros de prueba informática y apertura de contenedores; también rechazaron que hubiera existido una violación del plazo razonable del proceso y negaron la aplicación del régimen de regularización previsto por la Ley 27.799 como causa de extinción de la acción penal.

Otro aspecto relevante de la sentencia fue que el tribunal consideró acreditada la intervención de un funcionario aduanero como una de las agravantes del delito de contrabando, junto con la participación de más de tres personas, la utilización de documentación adulterada y el elevado valor económico de la mercadería. Sobre los fundamentos de esa conclusión habrá que esperar hasta el 22 de septiembre, fecha fijada por el TOPE 3 para dar a conocer los argumentos completos del veredicto.

La decisión constituye el primer pronunciamiento oral en una investigación que durante años fue presentada como uno de los mayores casos de fraude aduanero de la última década. En los juzgados en lo Penal Económico todavía permanecen abiertas otras causas derivadas del expediente principal que investiga maniobras similares de subfacturación, falsas declaraciones y utilización de despachantes y empresas pantalla para ingresar mercadería desde Asia burlando los controles del Estado.

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Crédito de la fuente original: www.clarin.com

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