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La Corte Suprema de Justicia validó este jueves el avance de un nuevo juicio oral sobre los policías acusados de haber matado a Pedro Tomás “Lauchón” Viale, un ex espía del equipo del ex director de Operaciones de la SIDE Antonio Stiuso, en un operativo confuso que tuvo lugar en 2013.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron la presentación de las defensas de los policías del grupo Halcón Gustavo Martínez y Pedro Nelson Alegre; y de Raúl Castro, Cristian Herrera, Ricardo Núñez, Damián Ignomirellio y José Antichan, imputados en la causa.
Stiuso ahora podría declarar como testigo. En declaraciones periodísticas dijo que el procedimiento contra el Lauchón Viale era, en realidad, contra él y que fue un antecedente del asesinato del fiscal de la AMIA, Alberto Nisman.
Las defensas cuestionaban la decisión de la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal que hizo lugar al pedido de la querella, y revocó la decisión del tribunal oral que juzgó y absolvió a los implicados. El fallo de Casación ordenaba la realización de un nuevo debate oral, y los policías plantearon violación de plazo razonable, arbitrariedad, violación al debido proceso y la violación al principio de ne bis in ídem.
Pero la Corte Suprema rechazó la presentación por entender que el recurso extraordinario que llegó en queja no se dirigía “contra una sentencia definitiva o equiparable a tal”.
La madrugada del 9 de julio de 2013, el grupo Halcón irrumpió en la propiedad de la calle Rocha Blaquier 1502 de La Reja, partido de Moreno, para detener a Viale por orden del juez federal Juan Manuel Culotta, en el marco de una investigación por narcotráfico. En el operativo, Viale se resistió y terminó muerto. Para la familia del ex espía, la policía bonaerense fue directamente a matarlo” como parte de venganza, luego de las divisiones que se habían generado en la central de espías por la decisión del Gobierno de Cristina Kirchner de hacer un Pacto con Irán por el atentado a la AMIA.
En el juicio oral, el tribunal oral consideró que los oficiales Gustavo Ernesto Martínez y Pedro Nelson Alegre actuaron bajo legítima defensa en el marco del operativo. Pero los jueces Javier Carbajo, Carlos Mahiques y Daniel Petrone anularon en diciembre de 20245 el fallo del Tribunal Oral Criminal e San Martín por no haber permitido la declaración testimonial de Antonio “Jaime” Stiuso, entre otras medidas de prueba pedidas por la querella.
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